La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio este miércoles un alivio clave a los contribuyentes alcanzados por el impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025. A través de la Resolución General 5911/2026, el organismo fijó un plazo excepcional para que las personas humanas y sucesiones indivisas presenten sus declaraciones juradas y, cuando corresponda, paguen el saldo resultante, con vencimiento de presentación el 30 de octubre de 2026.

La decisión alcanza tanto a quienes tributan por el régimen general como a los adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. En la práctica, la medida reemplaza para este período los vencimientos habituales y les da más tiempo a miles de contribuyentes para ordenar documentación, cerrar cálculos y cumplir con la obligación sin caer en mora.

Además, la resolución retocó otro vencimiento previsto en una norma anterior y lo estiró hasta el 16 de noviembre de 2026. Ese cambio también entra en vigencia desde hoy y se suma al esquema especial que ARCA habilitó para este cierre anual, con impacto directo en estudios contables, profesionales y particulares que trabajan sobre la liquidación del impuesto.

El alivio, sin embargo, no modifica el fondo de la obligación fiscal: quienes estén comprendidos deben seguir presentando la declaración y, si corresponde, abonar el saldo. Lo que cambia es el calendario, en un contexto en el que la administración tributaria suele ajustar plazos para ordenar la carga operativa del sistema y evitar cuellos de botella en el vencimiento masivo.

La medida comenzó a regir este mismo 8 de octubre, el día de su publicación en el Boletín Oficial. Desde ahora, el nuevo cronograma pasa a ser la referencia obligatoria para el universo alcanzado por el impuesto a las Ganancias 2025, con el consiguiente efecto práctico de postergar el cumplimiento formal y financiero hasta fin de mes o, en el caso puntual modificado, hasta mediados de noviembre.